SP1800-2025: Absuelven a exalcalde del delito de contrato sin requisitos legales al no demostrarse el dolo en su actuación
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Impugnación Especial Penal.
- 🌐 Tema clave: Contrato sin cumplimiento de requisitos legales, dolo, error de tipo, principio de confianza, *in dubio pro reo*.
- 📎 Controversia: Un exalcalde es condenado en segunda instancia por suscribir un convenio interadministrativo para la operación del matadero municipal sin la debida autorización del concejo. La defensa alega que el mandatario actuó convencido de la legalidad del acto, basado en conceptos técnicos y jurídicos de sus subordinados.
- ✅ Decisión: SE CASA la sentencia. La Corte absuelve al exalcalde al concluir que, si bien se omitió un requisito legal objetivo (la autorización del concejo), la Fiscalía no logró desvirtuar la presunción de inocencia probando el dolo, es decir, que el mandatario tuviera conocimiento y voluntad de actuar en contra de la ley.
La Corte Suprema de Justicia SP1800-2025 absolvió a un exalcalde del municipio de Barranca de Upía (Meta) que había sido condenado por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. El alto tribunal determinó que, para condenar por este delito, no basta con demostrar la irregularidad objetiva en la contratación, sino que es indispensable probar que el funcionario actuó con dolo, es decir, con el conocimiento y la intención de violar la ley, lo cual no ocurrió en este caso.
El exmandatario fue condenado por el Tribunal Superior de Villavicencio por haber suscrito un convenio con la Empresa de Servicios Públicos de Barranca de Upía para la operación del matadero municipal, sin contar con la autorización previa del concejo municipal, como lo exigía la ley. Sin embargo, la defensa siempre sostuvo que el alcalde actuó amparado en el principio de confianza, basado en conceptos técnicos y jurídicos de la Oficina de Planeación y la Asesoría Jurídica del municipio, que le indicaron que dicha autorización no era necesaria.📌 Criterio jurisprudencial
El delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales exige la demostración del dolo. No es suficiente con acreditar el componente objetivo (la omisión del requisito legal), sino que la Fiscalía debe probar que el servidor público conocía la ilegalidad de su actuación y, aun así, decidió ejecutarla. Si el funcionario actúa bajo un error de tipo invencible, es decir, convencido de la legalidad de su proceder con base en conceptos técnicos o jurídicos de sus subalternos, se excluye el dolo y, por tanto, la conducta es atípica.
“(...) la conducta de celebrar un contrato sin el cumplimiento de los requisitos legales esenciales, por ser un tipo penal doloso, requiere para su configuración que el sujeto agente conozca los hechos constitutivos de la infracción penal y quiera su realización. Por ende, si el servidor público actúa bajo un error de tipo sobre alguno de los elementos que estructuran la conducta punible, se excluye el dolo y, por consiguiente, la tipicidad de la conducta.
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