Familia
SP908-2022: La indemnización en casos de inasistencia alimentaria, no es requisito para la suspensión de la ejecución de la pena.
3 de mayo de 2022 2 min de lecturaGMH Abogados
La honorable Corte Suprema de Justicia, en sentencia SP908-2022, estableció que la indemnización en casos de inasistencia alimentaria no es requisito para la suspensión de la ejecución de la pena. Esa corporación conoció del recurso de casación promovido por el defensor del procesado en contra de la sentencia de segundo grado que, confirmó el fallo de primera instancia dentro de proceso penal que se adelantó en contra del recurrente por el delito de inasistencia alimentaria.
En congruencia con los argumentos de inconformidad sustentados en contra las sentencias de instancia, la Sala recordó que, la indemnización de perjuicios no es uno de los requisitos previstos en el artículo 63 del Código Penal para la concesión de la suspensión de la ejecución de la pena, razón por la que, casó parcialmente el fallo impugnado, a fin de conceder el mecanismo sustitutivo. Para lo cual recordó lo consignado por esa corporación al respecto:
La Corte, a partir del fallo CSJ SP18927-2017, rad. 49712 -del 15 de noviembre de 2017 -, ha sostenido que la prohibición de suspender la ejecución de la pena, prevista en el numeral 6 del artículo 193 de la Ley 1098 de 2006, solo se predica para delitos atroces e inhumanos, terreno al que no pertenece el punible d
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