STC2017-2021: Corte Suprema ordena restablecer visitas de un padre y pide a juez verificar si el rechazo del niño es por alienación parental
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Acción de Tutela (contra medida provisional en proceso de custodia).
- 🌐 Tema clave: Interés superior del niño, derecho de visitas, suspensión provisional de visitas, alienación parental, facultades ultra y extra petita del juez de familia.
- 📎 Controversia: ¿Es ajustado a derecho que un juez de familia suspenda de manera indefinida las visitas de un padre a su hijo, basándose en la manifestación de temor del niño, a pesar de existir antecedentes de manipulación por parte de la madre?
- ✅ Decisión: NO. La Corte concede la tutela. La suspensión de visitas debe ser el último recurso y no puede afianzar un distanciamiento. Se ordena al juez de familia levantar la suspensión y adoptar medidas inmediatas para restablecer la relación paterno-filial, con el apoyo del ICBF, e indagar si el rechazo del niño obedece a un síndrome de alienación parental.
La Corte Suprema de Justicia STC2017-2021 amparó el derecho de un padre y de su hijo a mantener el vínculo familiar, al revocar una decisión judicial que había suspendido de manera indefinida el régimen de visitas. La providencia es un llamado de atención sobre el uso de la suspensión de visitas como medida cautelar, advirtiendo que esta debe ser el último recurso y no puede agravar un distanciamiento que podría ser producto de la manipulación de uno de los progenitores.
El caso fue promovido por un padre a quien un juez de familia de Ibagué le suspendió todo contacto con su hijo, basándose en un informe de trabajo social que recogía la manifestación de temor del niño. El padre alegó que esta decisión era arbitraria, pues el juez ignoró un largo historial de antecedentes en comisarías de familia, donde se había sancionado a la madre precisamente por manipular al niño e impedir el contacto, configurando un posible caso de alienación parental. Llevaba más de 8 meses sin poder ver o llamar a su hijo.📌 Criterio jurisprudencial
La suspensión de visitas entre un padre y su hijo es el último mecanismo al que se debe recurrir, pues atenta contra el derecho prevalente del menor a tener una familia y no ser separado de ella. Cuando existen indicios de alienación parental, el juez no puede limitarse a tomar nota de la voluntad del niño, sino que debe, en uso de sus facultades oficiosas, verificar si dicha voluntad está siendo viciada. Mantener un distanciamiento prolongado puede causar problemas irreversibles en el vínculo paterno-filial.
“(...) la voluntad del menor se halla determinada por el padre controlador. Desde luego, ello debe ser sometido a una rigurosa valoración probatoria que permita al juez llegar al pleno convencimiento sobre la imposibilidad del infante de emitir libremente su opinión, sin perjuicio de la garantía al debido proceso tanto de éste como de sus progenitores.
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