STC3307-2025: Jueces pueden flexibilizar requisitos de pruebas testimoniales en casos de violencia de género
📌 Resumen Exprés
- 📰 Tipo de proceso: Acción de Tutela contra providencia judicial.
- 🌐 Tema clave: Perspectiva de género, flexibilización de requisitos probatorios (Art. 212 CGP), prueba testimonial, divorcio por maltrato.
- 📎 Controversia: En un divorcio por violencia intrafamiliar, la demandante solicita testimonios de forma genérica. El demandado se opone por incumplir el Art. 212 del CGP. ¿Puede el juez decretar la prueba aplicando un enfoque de género?
- ✅ Decisión: SÍ. La Corte NIEGA la tutela. Respalda la decisión del juez de familia, concluyendo que es razonable y necesario flexibilizar el rigor de la norma procesal para esclarecer los hechos y proteger a la presunta víctima de violencia de género.
La Corte Suprema de Justicia STC3307-2025 avaló la decisión de un juez de familia que, aplicando una perspectiva de género, decretó la práctica de unos testimonios a pesar de que la solicitud no cumplía rigurosamente con todos los requisitos formales del Código General del Proceso. La providencia reitera el deber de los funcionarios judiciales de flexibilizar las normas procesales para garantizar el esclarecimiento de la verdad en contextos de violencia contra la mujer.
El caso surgió de una demanda de divorcio en la que la esposa alegó ser víctima de maltrato psicológico. Al solicitar el testimonio de dos personas, su abogada se limitó a pedir que declararan sobre "lo que les conste sobre los hechos de la demanda". El esposo demandado se opuso, argumentando que dicha petición incumplía el artículo 212 del CGP, que exige "enunciar concretamente los hechos objeto de la prueba". El juez de familia, sin embargo, decretó la prueba, lo que llevó al demandado a interponer una acción de tutela.📌 Criterio jurisprudencial
Juzgar con perspectiva de género implica analizar si en un proceso existen asimetrías o situaciones de discriminación que obliguen a valorar la prueba de forma diferente para romper esa desigualdad. Ante una denuncia de violencia de género, el juez puede flexibilizar la aplicación de normas procesales, como el artículo 212 del CGP sobre los requisitos de la solicitud de testimonios, con el fin de proteger a la parte vulnerable y esclarecer los hechos materia de juzgamiento.
“(...) el estrado confutado concluyó que, aunque la petición de testimonios no se ajustaba rigurosamente a lo previsto en el artículo 212 del Código General del Proceso -al hacerse una mención genérica sobre los hechos objeto de las declaraciones pedidas-, se imponía su decreto, atendiendo que la actora denunciaba ser víctima de violencia por parte del demandado -su cónyuge-, lo que implicaba resolver el asunto desde una perspectiva de género y, por tanto, flexibilizar la aplicación de la prenotada norma, con miras a esclarecer los hechos materia de juzgamiento.
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