Civil
STC5607/2020 Doble Conformidad
23 de agosto de 2020 2 min de lecturaGMH Abogados
STC5607/2020 Doble Conformidad
La doble conformidad básicamente es el derecho a impugnar todas las sentencias condenatorias que profieran los tribunales superiores o militares por primera vez en el proceso penal ante el superior jerárquico o funcional de quien impuso la condena, esto teniendo en cuenta, que existen procesos en que en primera instancia son absueltos y en segunda instancia son condenados, al ser condenados segunda instancia no se puede apelar nuevamente, y se viola el derecho que tiene una persona a que por lo menos dos operadores judiciales concluyan la responsabilidad penal de una persona.
La sentencia SU-215 de 2016, con el fin de:
«velar por la supremacía e integridad del mandato constitucional de garantizar la impugnación de las condenas impuestas por primera vez en el proceso penal (…)»,determinó el «ámbito de aplicación de la C-792 de 2014», y precisó, entre otros aspectos:
1) Que surtía efectos a partir del 25 de abril de 2016,
2) Que «únicamente opera respecto de las sentencias que para ese entonces aún estuvieran en el término de ejecutoria, o de las que se expidan después de esa fecha».
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