Biblioteca Jurídica GMH

El Poder General y Especial

Definición, alcance y modelos prácticos

Un poder es un documento público autorizado por notario que permite a una persona o empresa designar a otra como representante para actos jurídicos. Es una manifestación del mandato y se rige por el Código Civil.

Poder General

El poder general se otorga para todos los negocios del poderdante. Según el artículo 2156 del Código Civil:

«Si se da para todos los negocios del mandante, es general; y lo será igualmente si se da para todos, con una o más excepciones determinadas.»

Poder Especial

El poder especial se otorga para uno o más asuntos concretos, limitando la actuación del apoderado. También se regula en el artículo 2156 del Código Civil:

«Si el mandato comprende uno o más negocios especialmente determinados, se llama especial.»
Nota Importante: Un poder especial en materia de tutela debe cumplir requisitos específicos. Consulta la sentencia STC10974-2024 incluida en los recursos.
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