Blog Jurídico · Relatoría

Jurisprudencia de Víctimas

22 fichas en Víctimas

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VíctimasTribunal Superior de Antioquia · Sala Civil Especializada en Restitución de TierrasPublicado el 15 de jun de 2026

Baldíos que superan la UAF: por qué la restitución no convalida una ocupación indebida

Sentencia N.º 003 · Rad. 2019-00035-01

Regla jurídica

La restitución de tierras no convalida ocupaciones indebidas: no procede formalizar ni restituir áreas de baldíos que, sumadas a otros predios del mismo núcleo familiar, superen la Unidad Agrícola Familiar máxima del municipio.

¿Para qué le sirve?

Calcule la UAF municipal frente al área total de todos los predios del núcleo familiar antes de demandar, y oriente la pretensión al área efectivamente adjudicable (una UAF).

VíctimasTribunal Superior de Antioquia · Sala Civil Especializada en Restitución de TierrasPublicado el 15 de jun de 2026

El despojo no interrumpe la prescripción: la víctima poseedora que gana el dominio por usucapión

Sentencia N.º 01-R · Rad. 2018-00075-01

Regla jurídica

El desplazamiento no interrumpe la prescripción a favor del poseedor despojado (art. 74 Ley 1448). La víctima poseedora irregular puede adquirir el dominio por prescripción extraordinaria sumando el tiempo hasta la demanda; el tercero no puede invocar esa ficción.

¿Para qué le sirve?

Sumar el tiempo de posesión desde su inicio hasta la demanda, con la ficción del art. 74, permite pedir la declaración de pertenencia por prescripción extraordinaria aun siendo poseedor informal, sin escritura.

VíctimasTribunal Superior de Antioquia · Sala Segunda Civil Especializada en Restitución de TierrasPublicado el 15 de jun de 2026

Negocios celebrados en medio de la violencia: cuando la compraventa de tierras despojadas es inexistente

Sentencia N.º 002 · Rad. 2015-00158-01

Regla jurídica

En zona y época de violencia generalizada, se presume la ausencia de consentimiento del vendedor en la compraventa (art. 77-2-a Ley 1448), sin exigir probar la coacción individual. La carga pasa al opositor, y el negocio y los documentos privados antesala son inexistentes.

¿Para qué le sirve?

Basta acreditar el contexto de violencia generalizada o de desplazamiento en la zona y la época del negocio; no hay que probar la coacción sobre cada vendedor.

VíctimasTribunal Superior de Antioquia · Sala Civil Especializada en Restitución de TierrasPublicado el 15 de jun de 2026

La posesión que «nunca ocurrió»: cómo el contexto de violencia invierte la carga de la prueba en restitución de tierras

Sentencia N.º 13 · Rad. 2018-00127-01

Regla jurídica

Acreditado el contexto de violencia generalizada en el predio dentro del hito temporal, la prueba sumaria del vínculo y del despojo traslada la carga al opositor, quien debe probar buena fe exenta de culpa; las presunciones del art. 77 admiten prueba en contrario.

¿Para qué le sirve?

Documentar el análisis de contexto: la presunción del art. 77-2-a se activa con violencia generalizada en el predio o colindancias desde el 1.º de enero de 1991. Probar sumariamente masacres, desplazamientos y cobro de vacunas es decisivo.

VíctimasTribunal Superior de Antioquia · Sala Civil Especializada en Restitución de TierrasPublicado el 15 de jun de 2026

Protección al opositor: la «tercera vía» cuando no es segundo ocupante pero sí sujeto vulnerable

Sentencia N.º 004 · Rad. 2016-00096-01

Regla jurídica

El opositor que no es segundo ocupante ni actuó con buena fe exenta de culpa no recibe compensación, pero el juez puede ordenarle un proyecto productivo si es sujeto de especial protección constitucional (solidaridad y art. 13 CP).

¿Para qué le sirve?

Quien compra como inversión, aprovecha el apuro del vendedor y no depende del predio para su mínimo vital no es segundo ocupante ni tendrá compensación, aunque no haya participado directamente en el despojo.

VíctimasTribunal Superior de Antioquia · Sala Civil Especializada en Restitución de Tierras (Sala Tercera)Publicado el 15 de jun de 2026

Zona gris: cuando la duda sobre el conflicto armado se resuelve a favor de la víctima

Rad. 2019-00103-01

Regla jurídica

En las zonas grises entre conflicto armado y delincuencia común no cabe la exclusión a priori por calificación formal. Si existe duda sobre la inserción de la conducta lesiva en el conflicto, prevalece la interpretación a favor de la víctima.

¿Para qué le sirve?

Las imprecisiones en fechas o montos no restan credibilidad automáticamente. Las contradicciones del testimonio se leen pro víctima, atendiendo el temor y el nivel educativo del declarante.

VíctimasComisión Nacional de Disciplina JudicialPublicado el 16 de sept de 2025

Sancionan a abogado por abuso del derecho al presentar múltiples acciones judiciales

Rad. 52001110200020200044301

Regla jurídica

El abogado incurre en abuso de las vías de derecho cuando usa mecanismos judiciales de forma sistemática, repetitiva e infundada para dilatar, entrabar, intimidar o presionar a funcionarios judiciales, en lugar de proteger los derechos de su cliente.

¿Para qué le sirve?

Las estrategias deben ser jurídicas, no de hostigamiento. El deber de defender al cliente no justifica atacar a los funcionarios judiciales ni usar lenguaje descomedido.

VíctimasComisión Nacional de Disciplina JudicialPublicado el 28 de ago de 2025

Comisión de Disciplina Judicial confirma sanción a citador de juzgado que también se desempeñaba como ministro de culto

Rad. 760012502000202101147 01

Regla jurídica

Los servidores judiciales no pueden ser ministros de ningún culto religioso. Es una incompatibilidad legal absoluta (art. 151 num. 5 Ley 270 de 1996) cuyo desconocimiento configura falta gravísima (art. 56 num. 1 CGD).

¿Para qué le sirve?

La libertad de cultos no es absoluta y puede limitarse por ley para proteger laicidad e imparcialidad. La Comisión desestimó con este argumento la alegada vulneración de esa libertad.

VíctimasComisión Nacional de Disciplina JudicialPublicado el 8 de jul de 2025

Abogado no comete falta disciplinaria al negarse a expedir paz y salvo si alega deuda de honorarios

Rad. 180012502000 2023 00337 01

Regla jurídica

El abogado no comete falta disciplinaria por negarse a expedir paz y salvo a su cliente cuando alega deuda de honorarios, pues no existe norma que lo obligue a expedirlo y la disputa sobre el pago es contractual, de competencia civil.

¿Para qué le sirve?

Negarse a expedir paz y salvo por honorarios pendientes no está tipificado como falta disciplinaria; la controversia sobre el pago debe ventilarse ante la jurisdicción civil.

VíctimasComisión Seccional de Disciplina Judicial de RisaraldaPublicado el 25 de jun de 2025

Jueza destituida e inhabilitada por discriminar y prevaricar al obstaculizar posesión de empleado con discapacidad

Sentencia No. 13 (Rad. No. 660012502000-2024-00874-00)

Regla jurídica

Los funcionarios judiciales deben ceñirse a la ley al posesionar a quien ganó un concurso de méritos. Exigir requisitos o etapas no previstas, o dilatar la posesión por discapacidad, constituye falta gravísima sancionable con destitución e inhabilidad.

¿Para qué le sirve?

No puede crear requisitos adicionales ni etapas no previstas para la posesión en cargos de carrera. Exigir un «certificado de aptitud» o «inducción» sin sustento legal puede configurar prevaricato y falta gravísima.

VíctimasCorte Suprema de Justicia · Sala de Decisión de Tutelas No. 1 de la Sala de Casación PenalPublicado el 9 de jun de 2025

Corte Suprema: Insultos y falta de requisitos suspenden expedición de tarjeta profesional de abogado

STP7725-2025

Regla jurídica

La negativa a expedir la tarjeta profesional por requisitos técnicos razonables, como la calidad de la fotografía, no vulnera el derecho de petición ni habilita la tutela. Los abogados tienen deberes éticos de probidad y respeto hacia las autoridades, cuyo incumplimiento puede dar lugar a investigaciones…

¿Para qué le sirve?

Cumplir los requisitos técnicos para documentos oficiales, como la calidad de la fotografía, es obligatorio y no es un capricho administrativo.

VíctimasConsejo de Estado · Sección SegundaPublicado el 13 de abr de 2025

Inspectores de policía sí pueden ser disciplinados por la Comisión de Disciplina Judicial… cuando actúan como jueces

SCSC-11001-03-06-000-2025-00052-00

Regla jurídica

Cuando los inspectores de policía ejercen funciones jurisdiccionales, como en los juicios de perturbación a la posesión, pueden ser disciplinados por la Comisión Nacional de Disciplina Judicial o sus seccionales. La competencia depende del ejercicio efectivo de esas funciones.

¿Para qué le sirve?

La competencia disciplinaria no depende solo del cargo, sino del ejercicio efectivo de funciones jurisdiccionales. Conviene verificar qué actuación concreta realizó el funcionario.

Las fichas sintetizan cada decisión con ayuda de inteligencia artificial y fines de consulta. No reemplazan la lectura de la providencia ni la asesoría sobre un caso concreto.